¿Cómo murió mi hijo Nael? !Queremos justicia!

Nael Hajjaji falleció el 8 de julio de 2005 en el Centro privado de Educación Infantil Los Pitufos, Lérida,93- Madrid. Nosotros, los padres, desconocemos todavía las circunstancias que rodearon su muerte. Sabemos que no fue una muerte natural, entonces: ¿QUE PASO? !QUEREMOS SABER! ¿POR QUE NO SE HA ABIERTO UNA INVESTIGACION?

Mi foto
Nombre:
Lugar: Madrid, Spain

Nael nació el 17 de marzo de 2005 y falleció el 8 de julio del mismo año. Después de más de un año de su muerte, la causa de ésta y las circunstancias que la rodearon no han sido clarificadas. El caso ha sido cerrado por el Juez de Instrucción D. Antonio Viejo Llorente y la Audiencia Provicial. No se ha llevado a cabo ningún tipo de investigación.¿Por qué se ha cerrado un caso penal en un tiempo récord, sin practicar diligencias de prueba y sin darnos derecho a presentar pruebas adicionales? ¿QUIEN ESTA DETRAS DE TODO ESTO?

10 abril 2006

El 28 de marzo se nos notifica que el juez desestima el recurso presentado; el caso pasa a la Audiencia Provincial de Madrid

Con fecha del 24 de marzo, el juez desestima el recurso presentado así como todas nuestras alegaciones y pruebas presentadas, documentos que nosotros sí consideramos suficientes para abrir una investigación sobre el caso.
Esta decisión se basa en varios razonamientos los cuales se pueden resumir como sigue:
  • No hay indicios de que la muerte se pudiera atribuir a una actuación de descuido o falta de atención del personal de la guardería. Y yo les pregunto a Uds. madres y padres que dejan a sus hijos en la guardería: ¿Qué esperan Uds. del personal de las mismas? ¿Estarían Uds. satisfechos de que el personal de la guardería no se hiciera responsable de que el niño se diera la vuelta y se quedara boca abajo sin que nadie se diera cuenta o de que aspirara leche después de un biberón? Que yo sepa, como cualquier persona con un poco de sentido común, sabe que los niños se ponen boca arriba, que se les presta una atención especial para que no se den la vuelta y que los niños no se acuestan sin haberles hecho expulsar todos los gases después de cada toma. A Nael se le encuentra meurto boca abajo y según el Juez, no hay responsabilidad alguna, entonces ¿Cuáles son las tareas mínimas o actividades del personal de la guardería? Están ahí y si un bebé se da la vuelta o se le acuesta boca abajo no hay problema, ¿trabajan allí pero esa no es su función? Tal vez necesite que le proporcione una guía de puericultura o el programa de Técnico de Jardín de Infancia para que se informe de cuáles son los cuidados de un bebé.
  • Para llegar a estas conclusiones se basa en el acta de levantamiento la cual dice que el bebé se encontró boca abajo; a pesar de eso, hace caso omiso de sus propias constataciones y ¿Sigue considerando que no hay responsabilidad por parte del personal? ¿Qué hacía Nael boca abajo? ¿Lo pusieron así las cuidadoras o se dio la vuelta? En cualquiera de los dos casos es un descuido por parte de estas personas.
  • El Sr. Juez sigue manteniendo que durante su inspección (cuatro horas después de la muerte) no encontró en la dependencia, elementos que pudieran haber tenido incidencia en la muerte, que en la cuna no había elementos de riesgo y que en la inspección externa del cuerpo no se detectó lesión que permitiera sospechar de una incorrecta manipulación del bebé. A esto le pregunto yo, Sr. Juez, si esperaba encontrar algo cuatro horas después del hecho. En nuestras alegaciones hemos hecho referencia a una toquilla que probablemente se encontraba en la cuna y que la Directora del centro intentó devolverme pensando que pertenecía a Nael; ¿Por qué no quiere escucharnos? Por otro lado, le pregunto de nuevo, que si deberíamos indicar a futuros asesinos que eligan como forma de cometer un crimen la asfixia o el envenenamiento ya que en muchos casos, estos dos medios no dejan lesiones externas y podrían tener la suerte de que su crimen fuera considerado como una muerte no violenta. Esto es lo que está pasando con la muerte de Nael: !!!!no hay signos externos, entonces es una muerte no violenta!!!!
  • Siguiendo con sus razonamientos, el Sr. Juez se sigue basando en un informe de forense el cual desde un principio presenta incongruencias, basado en un informe de anatomopatología que presenta igualmente incongruencias; ¿Por qué no quiere salir de este círculo de incongruencias y aclarar las cosas de una vez por todas?
  • Llegamos ahora a la respuesta del Dr. D. Julio Amigo, del Instituto Anatómico Forense el cual estuvo presente en el levantamiento del cadáver, realizó la autopsia y el informe correspondiente y al cual, sorprendentemente, el Sr. Juez D. Antonio Viejo, le solicita que se pronuncie sobre las causas de la muerte de Nael sin tener un segundo estudio de las pruebas de la autopsia; Y esto es lo más sorprendente, después de más de ocho meses de la autopsia, el Sr. Forense se da cuenta que la aspiración de contenido gástrico entra dentro del cuadro de una muerte súbita. ¿Por qué ha tardado ocho meses en decir esto? ¿Hace ocho meses no lo sabía y ahora se da cuenta de ello? ¿Por qué en el primer informe no aparece en ningún momento el término "muerte súbita"? ¿Lo acaba de estudiar? A mí me gustaría preguntarle a Ud., Doctor, cara a cara, y se lo pregunto ahora: ¿A quién cree Ud. que le está tomando el pelo? Yo tuve la suerte de que una persona próxima estuviera presente en la autopsia pero ¿Qué pasa con las personas que no cuentan con éste apoyo? ¿Enterraron a sus bebes pensando que era una muerte súbita? No hace falta ser médico ni forense para tener acceso a los diferentes estudios disponibles en internet sobre regurgitaciones, muerte súbita, etc., etc.. Sin tener los títulos que Ud. dispone se llega a la conclusión de que su informe no tienen ninguna base científica lo cual me lleva a hacerle dos preguntas: ¿Este último informe muestra el máximo de sus capacidades y competencia en la forensía? ¿Si realmente sus capacidades son superiores a lo que ha mostrado en el mismo, por qué demuestra tan mala fe que se traduce en una falta grave de profesionalidad? Espero tener la oportunidad de oir la respuesta de sus propios labios.
  • Para acabar con los puntos más importantes de los razonamientos del Sr. Juez, éste hace referencia a que nunca hemos hecho alusión a acciones que se pudieran calificar como imprudentes ni la forma en que estas contribuyeron de forma relevante a la producción del resultado de muerte; no soy jurista pero cualquiera podría saber que no era el momento procesal oportuno para hacer una valoración de los hechos sin previamente llevar a cabo una investigación que es lo que estamos pidiendo desde un principio. De nuevo le pregunto al Sr. Juez que por qué no ha solicitado información a cualquier pediatra, como dijo que haría, sobre los cuidados de un bebé. Simplemente con esto, se habría dado cuenta de que existe por lo menos la sospecha de que Nael faltó de cuidado.

Con el fin de poder presentar nuestras alegaciones solicitamos copia del informe del Dr. D. Julio Amigo, del cual disponemos copia el 29 de marzo.