¿Cómo murió mi hijo Nael? !Queremos justicia!

Nael Hajjaji falleció el 8 de julio de 2005 en el Centro privado de Educación Infantil Los Pitufos, Lérida,93- Madrid. Nosotros, los padres, desconocemos todavía las circunstancias que rodearon su muerte. Sabemos que no fue una muerte natural, entonces: ¿QUE PASO? !QUEREMOS SABER! ¿POR QUE NO SE HA ABIERTO UNA INVESTIGACION?

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Lugar: Madrid, Spain

Nael nació el 17 de marzo de 2005 y falleció el 8 de julio del mismo año. Después de más de un año de su muerte, la causa de ésta y las circunstancias que la rodearon no han sido clarificadas. El caso ha sido cerrado por el Juez de Instrucción D. Antonio Viejo Llorente y la Audiencia Provicial. No se ha llevado a cabo ningún tipo de investigación.¿Por qué se ha cerrado un caso penal en un tiempo récord, sin practicar diligencias de prueba y sin darnos derecho a presentar pruebas adicionales? ¿QUIEN ESTA DETRAS DE TODO ESTO?

26 abril 2006

24 de abril: Notificación de traslado del expediente a la Audiencia Provincial

Con fecha del 6 de abril de 2006, se da traslado al expediente a la Audiencia Provincial. Confiamos que el nuevo juez a cargo del caso abra las diligencias oportunas y se lleve a cabo la investigación que se debía haber hecho desde un principio.
Tenemos esperanzas en que así sea.

12 abril 2006

10 de abril: Me pongo en contacto de nuevo con el Defensor del Menor

El 10 de abril envié un fax al Sr. D. José Francisco García Gumiel (Asesor del Gabinete Técnico), con el que, el 28 de febrero, tuvimos una reunión junto al Sr. D. Pedro Núñez Morgades (Defensor del Menor de la CAM) durante la cual registraron mi solicitud.
Mi expediente parece ser que fue encargadado a la Abogado Dñª Susana Sánchez Herrero y se me informó que, posteriormente, se pondrían en contacto conmigo.
Espero que tengan noticias y por lo menos, esta vez más alentadoras que las recibidas del Juzgado de Instrucción nº 20 de Madrid.

10 abril 2006

Dos de abril: Presentamos las alegaciones correspondientes

No hacemos más que reiterar nuestra posición sin que, hasta el momento, la justicia nos haya querido escuchar.
Nuestras alegaciones son las siguientes:

PRIMERA
  • La causa de la muerte fue debida a una imprudencia tal y como lo demuestra el informe elaborado por un segundo médico forense. Esta se basa en que Nael se encontró boca abajo y que desde que se le dejó en la guardería sobre las 8:45 no consta ninguna vigilancia del mismo. Por lo tanto, no se puede descartar que alguien lo dejó boca abajo y que lo descuidaron de tal forma que, por hambre, pudo asfixiarse al absorber la toquilla o el suelo del parque-cuna (de ahí las heridas en la encía-frenillo superior que me quieren hacer creer que eran por que le estaban saliendo los dientes (son las únicas fotos que el médico forense aceptó a realizar); cuando a un niño le salen los dientes está molesto tanto en la guardería como en casa y les aseguro que a Nael no le estaban saliendo los dientes; por otro lado, en primer lugar le saldrían los incisivos inferiores y no los superiores como el Doctor nos quiere hacer creer); Todo ello indica que la acción u omisión fue el no cuidar debidamente a un menor, no alimentarlo correctamente y no procurarle la vigilancia y cuidados necesarios.
  • El Sr. Juez hace referencia a que tuvo en cuenta todas las circunstancias que rodearon la muerte, las dependencias y la cuna pero ¿Cómo es posible que no sepamos ni siquiera cómo se llama la cuidadora que encontró al niño fallecido, ni a qué hora, ni cuando lo vigiló, ni si le dio de comer, ni por qué íntentó la directora entregarme una toquilla que no me pertenecía? Me parece muy ligero por parte de la justicia no haberse enterado de este mínimo de información ni que el Doctor no lo haya tenido en cuenta para llegar a sus conclusiones en cuanto a las causas de la muerte; Muy, pero que muy ligero de su parte....
  • Es necesario llevar a cabo una investigación para que todos estos hechos sean esclarecidos y para que los datos que puedo aportar yo, como madre, sean tenidos en cuenta. Aclaraciones sobre las conclusiones del Doctor en cuanto sus conclusiones sobre las causas de la muerte tienen que ser aportadas ahora más que nunca.

SEGUNDA

  • Seguimos afirmado que existe una incongruencia entre el informe del forense y las causas de la muerte por lo que solicitó expresamente que se conservaran las pruebas. Después y en base al informe de un segundo forense el cual concluye que la causa de la muerte es asfixia, socilitando confirmación de la misma a través de la práctica de pruebas adicionales.
  • Los informes son opuestos por lo que solicitamos de nuevo que se practiquen dichas pruebas; queremos saber de una vez cual es la causa de la muerte.
  • Consideramos que no se puede llegar a las conclusiones de una muerte súbita sin tener en cuenta todos los datos conocidos y que entre ellos se pueden destacar los siguientes (¿Por qué no se han tenido en cuenta?):
  1. Una cuidadora encontró a Nael boca abajo
  2. Existen signos de asfixia tanto en el exterior como en el interior del cuerpo así como una erosión en la encía central superior de Nael.
  3. Existía una toquilla en la cuna la cual pasó inadvertida
  4. El último biberón lo tomó sobre las 7h00 de la mañana por lo que si la muerte fue sobre las 11h00 difícilmente se podría encontrar contenido alimenticio.
  5. Ausencia total de materia en estómago, esófago, boca, tráquea, bronquios, etc. por lo que es imposible que regurgitara y aspirara dicho líquido.
  6. Imposibilidad de aspiración de contenido gástrico si no existe tal contenido gástrico y más aun si el bebé se encontraba boca abajo.
  7. Nael no dejó de llorar durante sus primeros dos días en la guardería
  8. Se aconseja que a los bebés se los acueste boca arriba y no boca abajo por el peligro de asfixia-sofocación.

¿Por qué no se han tenido en cuenta todos estos datos? ¿Por qué no nos quieren escuchar y al menos, llevar a cabo una investigación para elucidar los hechos? Esperamos que la Audiencia Provincial de Madrid escuche nuestras alegaciones y que la justicia actúe por primera vez en este caso.

29 de marzo: Tenemos la copia del informe del forense

Con fecha el 6 de marzo de 2006, el Dr. D. Julio Amigo entrega su informe; Hay que destacar su rapidez para elaborarlo y entregarlo ya que ese mismo día es cuando el juez emite su intención de solicitarle un informe sobre las causas de la muerte de Nael. Tal vez queda mejor ponerle fecha de tres semanas antes......
En fin, he tardado más de diez días en realizar esta entrada porque tengo que reconocer que ha sido un golpe duro y bajo y que es de los documentos que he recibido en los últimos meses que más me ha costado digerir y asimilar y que nunca aceptaré. No lo aceptaré y demostraré la falta de base científica del mismo y la incapacidad de este "Médico Forense" a llevar a cabo su trabajo de una forma competente y profesional.
Realmente, es muy triste que en esta profesión, como en otras muchas, la mala fe y falta de profesionalismo de algunas personas haga que se degrade la misma pero, es aún más triste que los verdaderos profesionales lo permitan. Les invito a los médicos forenses que lean esto, a dar su opinión sobre el caso y a que se deshagan de las personas que hacen que su profesión y sus instituciones pierdan credibilidad.
En resumen, este informe se puede resumir como sigue:
  • Hace referencia al informe anatomopatológico, el cual como hemos comentado en numerosas ocasiones, es incongruente y es la razón por la que hemos pedido y seguimos pidiendo que se realice un nuevo análisis.
  • Intenta demostrar que puede haber aspiración de contenido gástrico y residuos en pulmones sin que haya restos en boca, tráquea, esófago ni bronquios. Esto porque es lo que escribió en su primer informe, sin restos en ninguno de estos sitios pero muerte posible por aspiración de contenido gástrico. Tal vez el Sr. D. Julio Amigo haya visto muchos espectáculos de David Copperfield...
  • De la misma forma intenta probar por este medio que no tiene porqué haber restos de vómitos en boca y cuna para tratarse de una aspiración de contenido gástrico... Mucho David Copperfield.....
  • Hace referencia a numerosos estudios que hacen referencia a una relación entre regurgitación y muerte súbita; le invito al Doctor a que nos envíe la referencia de los mismos ya que ninguno de ellos es concluyente con respecto a esta posible relación con lo cual me parece muy aventurado por parte de un Médico Forense el permitirse a estas alturas, el afirmar y confirmar ésta como causa de la muerte. Por otro lado, le recuerdo que estos estudios hacen referencia a regurgitaciones constantes, que si bien dice que es normal en los bebés menores de cuatro meses, no todos ellos padecen de éste mal pasajero. En el caso de Nael y tal como aparece en su historial médico proporcionado por su pediatra de la Seguridad Social, no existe ni una sola visita al mismo, ni una sola referencia a que Nael padeciera regurgitaciones. Sólamente, solicitando esta información, preguntando a los padres, el Sr. Doctor podría haber descartado rápidamente esta posibilidad.
  • Por otro lado, me parece increible que este señor intente ahora, después de diez meses, demostrar a todo precio que todo lo que dijo se enmarca en un caso de muerte súbita y que sus estudios de expertos en neonatología hayan aparecido ahora y no cuando tenía que haberlos sacado, es decir, hace casi diez meses. ¿Se acaba de dar cuenta de que existen? ¿Se los acaba de estudiar o realmente no sabe por donde salir ahora, después de darse cuenta de que ha metido la pata? Tal vez simplemente no quiere reconocer su error ni las incongruencias de su primer informe ni del informe de anatomopatología. Ya sabemos todos, "Cambiar de opinión es de sabios....".

El 28 de marzo se nos notifica que el juez desestima el recurso presentado; el caso pasa a la Audiencia Provincial de Madrid

Con fecha del 24 de marzo, el juez desestima el recurso presentado así como todas nuestras alegaciones y pruebas presentadas, documentos que nosotros sí consideramos suficientes para abrir una investigación sobre el caso.
Esta decisión se basa en varios razonamientos los cuales se pueden resumir como sigue:
  • No hay indicios de que la muerte se pudiera atribuir a una actuación de descuido o falta de atención del personal de la guardería. Y yo les pregunto a Uds. madres y padres que dejan a sus hijos en la guardería: ¿Qué esperan Uds. del personal de las mismas? ¿Estarían Uds. satisfechos de que el personal de la guardería no se hiciera responsable de que el niño se diera la vuelta y se quedara boca abajo sin que nadie se diera cuenta o de que aspirara leche después de un biberón? Que yo sepa, como cualquier persona con un poco de sentido común, sabe que los niños se ponen boca arriba, que se les presta una atención especial para que no se den la vuelta y que los niños no se acuestan sin haberles hecho expulsar todos los gases después de cada toma. A Nael se le encuentra meurto boca abajo y según el Juez, no hay responsabilidad alguna, entonces ¿Cuáles son las tareas mínimas o actividades del personal de la guardería? Están ahí y si un bebé se da la vuelta o se le acuesta boca abajo no hay problema, ¿trabajan allí pero esa no es su función? Tal vez necesite que le proporcione una guía de puericultura o el programa de Técnico de Jardín de Infancia para que se informe de cuáles son los cuidados de un bebé.
  • Para llegar a estas conclusiones se basa en el acta de levantamiento la cual dice que el bebé se encontró boca abajo; a pesar de eso, hace caso omiso de sus propias constataciones y ¿Sigue considerando que no hay responsabilidad por parte del personal? ¿Qué hacía Nael boca abajo? ¿Lo pusieron así las cuidadoras o se dio la vuelta? En cualquiera de los dos casos es un descuido por parte de estas personas.
  • El Sr. Juez sigue manteniendo que durante su inspección (cuatro horas después de la muerte) no encontró en la dependencia, elementos que pudieran haber tenido incidencia en la muerte, que en la cuna no había elementos de riesgo y que en la inspección externa del cuerpo no se detectó lesión que permitiera sospechar de una incorrecta manipulación del bebé. A esto le pregunto yo, Sr. Juez, si esperaba encontrar algo cuatro horas después del hecho. En nuestras alegaciones hemos hecho referencia a una toquilla que probablemente se encontraba en la cuna y que la Directora del centro intentó devolverme pensando que pertenecía a Nael; ¿Por qué no quiere escucharnos? Por otro lado, le pregunto de nuevo, que si deberíamos indicar a futuros asesinos que eligan como forma de cometer un crimen la asfixia o el envenenamiento ya que en muchos casos, estos dos medios no dejan lesiones externas y podrían tener la suerte de que su crimen fuera considerado como una muerte no violenta. Esto es lo que está pasando con la muerte de Nael: !!!!no hay signos externos, entonces es una muerte no violenta!!!!
  • Siguiendo con sus razonamientos, el Sr. Juez se sigue basando en un informe de forense el cual desde un principio presenta incongruencias, basado en un informe de anatomopatología que presenta igualmente incongruencias; ¿Por qué no quiere salir de este círculo de incongruencias y aclarar las cosas de una vez por todas?
  • Llegamos ahora a la respuesta del Dr. D. Julio Amigo, del Instituto Anatómico Forense el cual estuvo presente en el levantamiento del cadáver, realizó la autopsia y el informe correspondiente y al cual, sorprendentemente, el Sr. Juez D. Antonio Viejo, le solicita que se pronuncie sobre las causas de la muerte de Nael sin tener un segundo estudio de las pruebas de la autopsia; Y esto es lo más sorprendente, después de más de ocho meses de la autopsia, el Sr. Forense se da cuenta que la aspiración de contenido gástrico entra dentro del cuadro de una muerte súbita. ¿Por qué ha tardado ocho meses en decir esto? ¿Hace ocho meses no lo sabía y ahora se da cuenta de ello? ¿Por qué en el primer informe no aparece en ningún momento el término "muerte súbita"? ¿Lo acaba de estudiar? A mí me gustaría preguntarle a Ud., Doctor, cara a cara, y se lo pregunto ahora: ¿A quién cree Ud. que le está tomando el pelo? Yo tuve la suerte de que una persona próxima estuviera presente en la autopsia pero ¿Qué pasa con las personas que no cuentan con éste apoyo? ¿Enterraron a sus bebes pensando que era una muerte súbita? No hace falta ser médico ni forense para tener acceso a los diferentes estudios disponibles en internet sobre regurgitaciones, muerte súbita, etc., etc.. Sin tener los títulos que Ud. dispone se llega a la conclusión de que su informe no tienen ninguna base científica lo cual me lleva a hacerle dos preguntas: ¿Este último informe muestra el máximo de sus capacidades y competencia en la forensía? ¿Si realmente sus capacidades son superiores a lo que ha mostrado en el mismo, por qué demuestra tan mala fe que se traduce en una falta grave de profesionalidad? Espero tener la oportunidad de oir la respuesta de sus propios labios.
  • Para acabar con los puntos más importantes de los razonamientos del Sr. Juez, éste hace referencia a que nunca hemos hecho alusión a acciones que se pudieran calificar como imprudentes ni la forma en que estas contribuyeron de forma relevante a la producción del resultado de muerte; no soy jurista pero cualquiera podría saber que no era el momento procesal oportuno para hacer una valoración de los hechos sin previamente llevar a cabo una investigación que es lo que estamos pidiendo desde un principio. De nuevo le pregunto al Sr. Juez que por qué no ha solicitado información a cualquier pediatra, como dijo que haría, sobre los cuidados de un bebé. Simplemente con esto, se habría dado cuenta de que existe por lo menos la sospecha de que Nael faltó de cuidado.

Con el fin de poder presentar nuestras alegaciones solicitamos copia del informe del Dr. D. Julio Amigo, del cual disponemos copia el 29 de marzo.